Documento de identificación y sanitario para animales de compañía.

Pasaporte animal, su carné de identidad.

Para viajar con nuestra mascota, perro, gato o hurón por lo países miembros de la Unión Europea es obligatoria la expedición de un pasaporte para nuestra mascota desde Octubre de 2004. Dicho pasaporte sustituirá a la cartilla sanitaria en aquellos animales que ya la tengan expedida.

Los requisitos para poder obtener el pasaporte veterinario son:

1.- Nuestra mascota deberá estar identificada con microchip.
2.- Los datos del propietario y de la mascota  deben coincidir tanto en el pasaporte como en el microchip.
3.- La mascota debe estar vacunada contra la rabia.
4.- Los animales menores de 3 meses no pueden obtener el pasaporte, necesitan la autorización del estado miembro de destino.

En lo relativo a la Comunidad Valenciana, todos los perros mayores de 3 meses deben ser identificados y vacunados contra la rabia, expidiéndose así mismo el pasaporte.
Con respecto a los gatos y hurones, el pasaporte, solamente es obligatorio para aquellos animales que viajen a otro estado miembro de la UE, o a un país tercero. También requieren de dicho requisito aquellos que quieran entrar nuevamente en España.

En la Comunidad Valenciana, si la mascota tiene una cartilla sanitaria antigua, sólo será necesaria y obligatoria la sustitución por el pasaporte para los desplazamientos que realice fuera de España.

Autor: Domingo García

Domingo García es veterinario del hospital JG ( www.vetjg.com) de Mutxamel-Alicante-España

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