Cambios en la normativa para perros peligrosos

En el artículo.blog del día 10 de febrero (ver aquí)… publicamos la normativa y protocolo que deben de cumplir los propietarios sobre las determinadas razas consideradas potencialmente peligrosas.

Pero estos días recibimos una notificación con unos cambios realizados por decreto sobre los mismos que ahora exponemos ( Decreto 16/2015 de 6 de Febrero del Consell de la Comunidad Valenciana que modifica y completa el anterior, Decreto 145/2000 de 26 de Septiembre) y los equipara, para evitar ambiguas interpretaciones con el Real Decreto 287/2002 que afecta a todo el Estado Español )

Inofensivo cachorro de Rottweiler. El perro no nace agresivo, lo hacen.

-A partir de ahora todas esas 15 razas deben llevar bozal, sin excepción… Ya no vale superar un test de acreditación ni un adiestramiento específico. El bozal debe de ser homologado y adecuado a su raza, según dice el decreto, impidiendo abrir las mandíbulas para morder…

La correa o cadena que sujete al animal en la vía pública no debe ser extensible (llevar los llamados flexis pueden dar lugar a sanción) y no superar los dos metros de longitud…debiendo tener el dueño dominio sobre el animal en todo momento y ante cualquier circunstancia, evitando su huida incluso a instalaciones particulares.

En caso de mordedura a una persona o a otro animal, ese can deberá de estar bajo observación y revisión veterinaria durante un plazo de 14 días, no de 10 días como antes…controlando la posible aparicíón de signos de rabia en el mismo. Como veterinarios emitiremos un certificado del que se entregará copia al propietario y se remitira al RIVIA ( Registro Valencia de Identificación Animal).

Este certificado será remitido a los Ayuntamientos a los que pertenezca el animal agresor en caso de que la persona agredida o dueño de los animales agredidos hayan informado a las autoridades sanitarias.

La licencia administrativa de posesión de perros potencialemente peligrosos expedida por los ayuntamientos amplía la duración de tres a cinco años tras los que se deberá renovar.

Estas son las razas peligrosas según el decreto, así como los cruces de los mismos o que presenten tipología similar:

American Staffordshire terrier. Bull terrier. Dogo de Burdeos.
Starffordshire bull terrier. Bullmastiff. Dogo argentino.
Perro de presa mallorquín. Fila brasileño. Doberman.
American pittbull terrier. Perro de presa canario. Mastín napolitano.
Rottweiler. Tosa inu (japonés). Akita inu.

Se pueden considerar potencialmente peligrosas incluso sin pertenecer a las citadas razas, aquellas o los animales que cumplan la totalidad de las siguientes características:

* Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.

* Marcado carácter.

* Pelo corto

* Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros

y peso superior a 20 kg.

* Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.

* Cuello ancho, musculoso y corto.

* Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.

* Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas,

con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

En esta lista como es obvio también se incluyen los animales que por su carácter innato manifiesten una conducta agresiva para / con las personas y otros animales y los que hayan ya agredido o mordido con anterioridad.

Sólo en estos dos casos pueden dejar de ser catalogados como tal los que sí hayan recibido un periodo de adistramiento, superado un informe veterinario favorable y comunicado al ayuntamiento correspondiente para su control e inspección.

Se pedirá prisión para los dueños de perros peligrosos ¡¡

Otra vuelta de tuerca para los propietarios de canes considerados peligrosos o potencialmente peligrosos. ( Puedes leer artículo de prensa aquí).

Ante la ignorancia o falta de motivación por parte de muchos propietarios y no así como de información, siguen habiendo muchos de estos perros sueltos por la vía pública a los que sus propietarios les da igual lo que puedan ocasionar y aunque los animales tienen su derecho a vivir y a pasear, siempre hay los consiguientes conflictos de intereses entre vecinos y transeúntes….

Un inocente cachorro de Fila brasileño

No basta con la persecución por parte de las autoridades y policía local para muchos de ellos, solicitándoles licencia, documentación y pasaporte…a partir de ahora cualquier conflicto ocasionado por estos perros a otros perros o personas en la calle será considerado como delito con la consiguiente sanción económica como incluso pena de prisión.

Muchos son los casos de agresión a personas, sobre todo niños, publicados en televisión y periódicos y cientos los casos atendidos en nuestros centros veterinarios de urgencias por agresión y mordedura, con extensas lesiones y desgarros que requieren intervención quirúrgica y analgésicos…

Recordar desde aquí el listado de perros considerados peligrosos como los requisitos que deben cumplir dichos propierarios para con sus animales, algunos de ellos incluso está prohibida su tenencia y su entrada en paises como el Reino Unido, como es el caso del Fila Brasileño que sufre una desmedida persecución..

1,- Todo canino sea de raza peligrosa o no debe estar identificado y registrado con un microchip que debe estar insertado por un veterinario autorizado, estar vacunado contra la rabia y tener expedido su correspondiente pasaporte.

2,- Los potencialmente peligrosos ( o todos según la población o lugar de residencia), deben de tener la correspondiente licencia municipal que le permita la tenencia de su can.

Para obtener dicha licencia debe cumplir:

-Tener la mayoría de edad.

-Dicha licencia es individual e intransferible.

-No tener antecedente penal alguno.

-Haber obtenido el certificado de aptitud psicológica y fisica ( expedido por cualquier médico-psicólogo autorizado, que nos especifique que no poseemos a dicho perro para peleas o como defensa-ataque…)

– En algunos casos se exige un curso básico de adistramiento

3,- Los perros no considerados como potencialmente peligrosos (no estuvieran en la lista) y hayan ocasionado alguna agresión a persona habiendo parte sanitario de lesiones, serán considerados como peligrosos por lo que estarán incluido como tal y se les requerira la licencia.

4,- Tener en posesión y actualizado un seguro de responsabilidad civil por daños personales y materiales superior ya a los 150,000 Euros (cosa que no todas las compañías de seguro lo realizan y según a qué razas)

5,- Los perros potencialmente peligrosos no pueden acceder a parques donde haya zonas de juego para niños.

6,- El propietario y posedor de esta licencia es el responsable del control en todo momento del animal, debiendo llevar el bozal homologado cuando circule por la vía pública así como tener sujeto al animal con una correa que no sea superior a un metro de longitud. La licencia siempre debe de llevarla consigo el propietario, siendo única e intransferible.

Razas de perros considerados potencialmente peligrosos así como otros animales que por ley se pueden considerar peligrosos:

Fila brasileño Presa canario Bull terrier
Bull Mastiff Rottweiler American pit bull terrier
Mastin napolitano Presa mallorquín American Staffordshire terrier
Dobermann Dogo de Burdeos Akita Inu
Dogo argentino Tosa Inu

,,,,,,, así como los cruces de los tipos o que tengan características anatómicas de algunos de ellos, o los que por su peso ( mayores de 20kg) o características de corpulencia, tamaño de mandíbulas, etc.. se consideren como tal…por lo que resula muy ambíguo catalogar a cualquier perro o animal.

Resto de animales de fauna salvaje: como los mamíferos que pasen de los 10 kg de peso, reptiles venenosos (serpientes) o que sean mayores de 2 kg, peces y artrópodos ponzoñosos….

Aquí puedes consultar la normativa del Ayuntamiento de Alicante referente a los perros potencialmente peligrosos.