Mes: marzo 2015
El tabaco también mata a nuestro perro o gato

Que el tabaco mata ya lo sabemos, también a nuestros perros o gatos….
El humo no solo contamina nuestro planeta, nuestro entorno…los demás fumadores..los pasivos como el perro o el gato no fuman pero están expuestos al igual que sus propietarios fumadores a la acción del humo y de las múltiples sustancia nocivas y carcinógenas que contiene…
Se ha demostrado que esas sustancias que contiene el humo del tabaco (metales pesados y cientos de moléculas orgánicas tóxicas) pueden causar o desencadenar cáncer de pulmón, laringe, esófago, vejiga, muchas patologías pulmonares o respiratorias, cardíacas, hepáticas y predisposición a múltiples infecciones…
En los pequeños animales, tras diversos estudios veterinarios ya se ha demostrado que el humo puede ocasionar muchas de esas patologías. El cáncer de vejiga y el cáncer pulmonar tienen una probabilidad muy alta y confirmada en animales que viven en interior y llevan un estrecho contacto con sus propietarios fumadores. Su eficaz tratamiento depende de un rápido dignóstico normalmente con una simple ecografía o radiografía a tiempo.
Falta poco para que lleguen las espigas como todos los años.
Las espigas son un riesgo para todos los perros, en general, pero más para aquellos con pelo enmarañado y las orejas caídas.
Con la llegada de la primavera el número de plantas que florecen es mayor que en otras estaciones. Las gramíneas (entre ellas los cereales) aunque en las zonas de clima templado pueden estar verdes y florecer casi todo el año, es en la época de primavera cuando mayor es su desarrollo, máxime si antes han caído unas buenas lluvias. Pasada la efervescencia de la primavera y con la llegada del verano las plantas anuales se agostan, secan y mueren dejando antes un reguero de semillas que en el caso de las gramíneas se realiza en una espiga que presenta multitud de semillas con forma característica de flecha.
El problema aparece cuando los perros y gatos domésticos comienzan a deambular, gracias al buen tiempo, por zonas de descampados o el campo y estas espigas se introducen en sus conductos auditivos, entre el ojo y el párpado, en la zona de la vagina, entre los dedos y un largo etcétera de sitios que incluyen todos aquellos en los que la espiga queda prisionera y comienza su introducción en la piel, debido a la forma de flecha que presenta.
Si la zona de presentación está bien depilada o las orejas están levantadas la víctima podrá lamerse hasta sacar la espiga o sacudir la cabeza hasta que salga. Si es un perro con el pelo muy enredado en la zona interdigital o presenta orejas caídas el problema será mayor, no podrá eliminar el la espiga por sus medios y su permanencia puede provocar abscesos y otitis.
Una buena higiene del pelo, la observación de las orejas cada vez que regresa del campo y la limitación de los paseos a zonas limpias de vegetación son medidas fáciles de tomar y que ayudarán a que este cuadro se presente menos veces de las impuestas por la ley de la naturaleza.
OTITIS por presencia de cuerpo extraño: ESPIGA de gramínea.
Cambios en la normativa para perros peligrosos
En el artículo.blog del día 10 de febrero (ver aquí)… publicamos la normativa y protocolo que deben de cumplir los propietarios sobre las determinadas razas consideradas potencialmente peligrosas.
Pero estos días recibimos una notificación con unos cambios realizados por decreto sobre los mismos que ahora exponemos ( Decreto 16/2015 de 6 de Febrero del Consell de la Comunidad Valenciana que modifica y completa el anterior, Decreto 145/2000 de 26 de Septiembre) y los equipara, para evitar ambiguas interpretaciones con el Real Decreto 287/2002 que afecta a todo el Estado Español )

-A partir de ahora todas esas 15 razas deben llevar bozal, sin excepción… Ya no vale superar un test de acreditación ni un adiestramiento específico. El bozal debe de ser homologado y adecuado a su raza, según dice el decreto, impidiendo abrir las mandíbulas para morder…
–La correa o cadena que sujete al animal en la vía pública no debe ser extensible (llevar los llamados flexis pueden dar lugar a sanción) y no superar los dos metros de longitud…debiendo tener el dueño dominio sobre el animal en todo momento y ante cualquier circunstancia, evitando su huida incluso a instalaciones particulares.
–En caso de mordedura a una persona o a otro animal, ese can deberá de estar bajo observación y revisión veterinaria durante un plazo de 14 días, no de 10 días como antes…controlando la posible aparicíón de signos de rabia en el mismo. Como veterinarios emitiremos un certificado del que se entregará copia al propietario y se remitira al RIVIA ( Registro Valencia de Identificación Animal).
Este certificado será remitido a los Ayuntamientos a los que pertenezca el animal agresor en caso de que la persona agredida o dueño de los animales agredidos hayan informado a las autoridades sanitarias.
–La licencia administrativa de posesión de perros potencialemente peligrosos expedida por los ayuntamientos amplía la duración de tres a cinco años tras los que se deberá renovar.
Estas son las razas peligrosas según el decreto, así como los cruces de los mismos o que presenten tipología similar:
American Staffordshire terrier. | Bull terrier. | Dogo de Burdeos. |
Starffordshire bull terrier. | Bullmastiff. | Dogo argentino. |
Perro de presa mallorquín. | Fila brasileño. | Doberman. |
American pittbull terrier. | Perro de presa canario. | Mastín napolitano. |
Rottweiler. | Tosa inu (japonés). | Akita inu. |
– Se pueden considerar potencialmente peligrosas incluso sin pertenecer a las citadas razas, aquellas o los animales que cumplan la totalidad de las siguientes características:
* Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
* Marcado carácter.
* Pelo corto
* Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros
y peso superior a 20 kg.
* Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
* Cuello ancho, musculoso y corto.
* Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
* Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas,
con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
En esta lista como es obvio también se incluyen los animales que por su carácter innato manifiesten una conducta agresiva para / con las personas y otros animales y los que hayan ya agredido o mordido con anterioridad.
Sólo en estos dos casos pueden dejar de ser catalogados como tal los que sí hayan recibido un periodo de adistramiento, superado un informe veterinario favorable y comunicado al ayuntamiento correspondiente para su control e inspección.